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La obra titulada “Expulsión de los judíos de España” pintada por Emilio Sala en 1889 representa a fray Tomás de Torquemada en presencia de los Reyes Católicos e instándoles a que expulsaran a los judíos de sus reinos, lo que se llevó a efecto en 1492, año en que conquistaron la ciudad de Granada a los musulmanes, que era su último bastión en la Península Ibérica |
Tras los avances de la Reconquista y la irrupción de almorávides y almohades a fines del siglo XI y comienzos del XII, una gran parte de judíos pasan a ser súbditos de los reinos cristianos gozando de un status jurídico especial al ser considerados propiedad personal del monarca. El rey contará con su colaboración en la repoblación de los territorios conquistados. Son expertos en tareas administrativas, poseedores de grandes conocimientos científicos y conocedores del árabe, por lo que ocuparán cargos públicos, algunos tan relevantes como el de tesorero de los reyes de Castilla y Aragón o el de traductores e intérpretes. En el ámbito privado, los médicos o consejeros de los reyes a menudo serán judíos.
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En la época del califato Lucena era, después de Córdoba, una de las comunidades judías mas prósperas y numerosas, y varios cronistas le aplicaban el nombre de "ciudad de judíos”, aludiendo al hecho de que constituían el sector más importante de su población pero la época de mayor esplendor de esta comunidad se alcanza durante el siglo XI, momento en que la Academia Rabínica y los grandes maestros que en ella enseñan atraen a lo más selecto del judaísmo andalusí |
A mediados del siglo XIII, toda la Península a excepción del reino de Granada, ya era cristiana. Es ésta la mejor época de los judíos en Castilla y Aragón, coincidiendo con los reinados de Alfonso X y Jaime I. Más de medio millar de juderías y aljamas se podían localizar en la Península las de Burgos, Cuenca, León o Palencia. En la corona de Aragón la necrópolis de Montjuich es una muestra de la pujanza de estas comunidade, siendo la situación en Navarra similar, allí Tudela era el núcleo principal de la vida y cultura judías.
La sociedad judia de la Peninsula convivió en el mismo marco geográfico que la cristiana y la hispanomusulmana y se correspondió históricamente a las fases de evolución que pudieron conocer los reinos en la Edad Media. Prescindiendo de los enfrentamientos por motivos religiosos agravados en ciertas épocas y la desconfianza mutua, eran frecuentes las relaciones amistosas entre cristianos, musulmanes, judíos y conversos.
Sus viviendas eran similares a otras a las diferentes familias de igual posición social y no se distinguían de sus vecinos generalmente en el vestir, aunque las leyes les impusieron llevar una ruedecilla roja o rodela como seña distintiva.
Los judíos españoles ocuparon un papel destacado en la economía de los reinos peninsulares. Las profesiones que desempeñaron les inclinaban a vivir sobre todo en los núcleos urbanos o en la cercanía de aquellos que tuvieran una importante actividad comercial.
Pero por lo que han sido más conocidos es por su participación en el comercio monetario y en las finanzas. Fueron banqueros, prestamistas, cambistas, administradores de las rentas del Estado y recaudadores de impuestos. Estuvieron cercanos al poder que necesitaba de sus préstamos para acometer la gran empresa de la reconquista. Los Reyes Católicos recurrieron para hacer frente a los gastos de la conquista de Granada a la captación de recursos entre sus súbditos, contribuyendo los judíos con el pago de un impuesto personal y con el préstamo obligatorio de dinero a cargo de las juderías más importantes, que la corona devolvía a corto plazo.
Pero esto no evitó que el 31 de marzo de 1492 los Reyes Católicos firmaban en Granada el decreto que expulsaba a los judíos de todos sus reinos.
Desde fines del siglo XIII hasta 1492, la coexistencia legal y la convivencia entre judíos y cristianos, que había sido buena, se deteriora progresivamente. En 1391 las predicaciones del arcediano de Sevilla Ferrán Martínez contra los judíos, originan el asalto y destrucción de numerosas juderías, viéndose casi todos los judíos obligados a escoger entre la conversión o la tortura. A raíz del violento pogrom, los primeros conversos desde 1391 cruzaron las fronteras religiosas, y también lo hicieron en el ámbito social, político y cultural, siendo un billete de entrada en la sociedad cristiana del momento. Esto les permitió ocupar "legalmente" altos puestos en la Administración de la época y hacia finales del siglo XV, ya se puede hablar casi de asimilación total. Ya no podían ser catalogados como "no cristianos" sino de "ciudadanos". Además, eran defendidos por las fuerzas de la Corona y la Iglesia, lo que les convertía a ojos de los viejos cristianos en más peligrosos que lo que habían sido los judíos. De aquí viene el antijudaísmo popular católico que equiparaba a los conversos asimilados con la minoría judaizante. Sobre este hecho fundaron su causa los creadores del Tribunal de la Inquisición, para perseguir al grupo de "cristianos nuevos" y frenar así su progreso económico y social.
La Inquisición se estableció en 1478 mediante una bula del Papa Sixto IV, bajo la tutela de los Reyes Católicos y con el objetivo de crear un instrumento al servicio de la corona para consolidar la unidad politica y religiosa de sus reinos y por tanto, para perseguir a la comunidad conversa, con la intención de frenar su creciente progreso económico y social. Por ese motivo, en 1483 se firma el decreto de expulsión de los judíos de Andalucía.
Pero la expulsión definitiva llega con el texto del decreto de 1492. Los legisladores argumentaban que puesto que las medidas anteriormente adoptadas no habían logrado el fin buscado, es decir, evitar la influencia de los judíos sobre los cristianos nuevos (aislamiento en barrios especiales, establecimiento de la Inquisición y expulsión de Andalucía), se emplearía la solución final: la expulsión general, para la que daban tres meses de plazo.
“Mandamos dar esta nuestra carta, por la qual mandamos a todos los judíos e judías de cualquier hedad que sean que biben e moran e estan en los dichos nuestros reynos e se-ñorios...que ista el fin del mes de julio primero que biene de estre prese te año, salgan de todos los dichos nuestros reinos e señoríos con sus hijos e hijas, criados e criadas e familiares judios asi de grandes como pequeños, de cualquier hedad que can, e non sean osados de tornar a ellos ni estar en ellos a en parte alguna dellos de bibienda ni de paso ni en otra ni siquiera alguna, so pena que si no lo fiziesen e cumpliesen asi yncurran en pena de miere e confiscación de todos sus bienes."
Tras asegurarles la libertad de moviento durante el plazo concedido para poder enajenar sus bienes, el decreto advierte:
"E asi mismo damos liçençia e facultad a los dichos judios y judias que puedan que puedan sacar de fuera de todos los dichos nuestros reinos e señorios sus bienes e hazienda por mar e por tierra con tanto que no saquen oro ni plata ni moneda amonedada ni las otras cosas vedadas por las leys de nuestros reynos, salvo en mercaderías que non sean cosas vedadaso en canbios."
La mayoría de los expulsados se fueron a Portugal y desde allí al Norte de África. Otros marcharon a Italia, Francia y Holanda, extendiéndose durante el siglo XVI por ambas orillas del Mediterráneo y radicándose muchos de estos sefardíes en el Imperio Turco. Y así, de un desgraciado plumazo, se bajaba el telón que ponía fin a los años de rica y activa vida judía en los reinos de la Península Ibérica.
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La sinagoga del Tránsito de Toledo, cuyo exterior sobrio contrasta con una deslumbrante decoración interna, propia de la arquitectura hispanomusulmana de la época, que fue construida a mediados del siglo XIV, promovida por Samuel ha-Leví, tesorero del rey Pedro I pasó de templo judío al culto cristiano con el decreto de expulsión firmado por los Reyes Católicos en 1492 |
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